Comenzamos un nuevo Año Litúrgico: el quinto en la historia de este blog.
A la vez que les deseamos un feliz año (litúrgico) nuevo a todos los lectores, recordamos brevemente las pautas de este blog.
1) Todas las fotos que usamos son propias, tomadas en templos cristianos de la Argentina o países limítrofes.
2) También publicamos, ocasionalmente, estampas de nuestra propiedad, escaneadas.
3) Las publicamos en la fecha que corresponde a la memoria del santo correspondiente, o cuando se lea el texto bíblico o litúrgico aludido en la foto.
4) En ocasiones, en aniversarios de la consagración episcopal de obispos argentinos, publicamos el escudo episcopal correspondiente.
A la vez que les deseamos un feliz año (litúrgico) nuevo a todos los lectores, recordamos brevemente las pautas de este blog.
1) Todas las fotos que usamos son propias, tomadas en templos cristianos de la Argentina o países limítrofes.
2) También publicamos, ocasionalmente, estampas de nuestra propiedad, escaneadas.
3) Las publicamos en la fecha que corresponde a la memoria del santo correspondiente, o cuando se lea el texto bíblico o litúrgico aludido en la foto.
4) En ocasiones, en aniversarios de la consagración episcopal de obispos argentinos, publicamos el escudo episcopal correspondiente.
Para la determinación de las fechas litúrgicas:
1) Usamos como base el Calendario Litúrgico oficial de la Comisión Episcopal de Liturgia de la Conferencia Episcopal Argentina, que rige «en las Provincias Eclesiásticas de la Argentina», y naturalmente incluye el Calendario Propio de la Argentina y las celebraciones propias de las distintas diócesis de nuestro país.
2) Complementariamente usamos también el Calendario Litúrgico de la Forma Extraordinaria del Rito Romano.
3) Tenemos en cuenta asimismo el Martirologio Romano promulgado por Juan Pablo II, de manera particular la edición en lengua española aprobada en 2006 (versión en pdf disponible en la Red). Usamos a veces también el Martirologio anterior.
4) En el número 206-207 de la Revista Litúrgica Argentina (julio-diciembre de 1962) aparece una completa descripción del Año Litúrgico bizantino con sus distintos "ciclos" y un "Calendario de las Fiestas Fijas", que también usamos.
5) Tenemos en cuenta las normas de precedencia de los días litúrgicos. Sin embargo, les damos lugar, suspendiendo esa precedencia, a las memorias que, por su fecha propia en el Martirologio, estarían siempre impedidas (por ejemplo: San Nicolás de Mammola, 25 de marzo; San Estanislao de Kotska, 15 de agosto). Pero siempre respetamos los domingos, el Triduo Pascual, la Octava de Pascua y las demás solemnidades y fiestas movibles, excluyendo en esas fechas toda otra conmemoración.
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